¿Qué es el Aporte Mensual Compensatorio? O ¿Aporte Canasta Básica?
Es un aporte mensual del Estado que se entrega a las familias, por sus causantes, para ayudar a compensar el alza de precios de la Canasta Básica de Alimentos. Se pagará desde el 1 de mayo de 2022 al 30 de abril de 2023 a las personas que reúnan los requisitos establecidos por la Ley N° 21.456.
¿Desde cuándo se puede consultar si una persona es beneficiaria del Aporte Canasta Básica?
Usted puede consultar si le corresponde este beneficio a contar del 30 de enero de 2023, a través de este sitio web (www.aportecanasta.cl).
¿Quiénes tienen derecho al Aporte Canasta Básica de Alimentos?
Además, por una sola vez, se pagará el mes de mayo a los beneficiarios y a las beneficiarias (no “causantes”, en este caso) de la Asignación Familiar y Maternal y a los beneficiarios y las beneficiarias del Subsidio Familiar (SUF), con excepción de las causantes “madres SUF, quienes lo perciben en su calidad de causante SUF”.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el Aporte Canasta Básica de Alimentos?
Para acceder el Aporte de la Canasta Básica, se tiene que haber estado recibiendo pagos por Subsidio Familiar, Asignación Familiar o Maternal; o haber pertenecido a una familia del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar) o a Chile Solidario, siempre y cuando tengan algún causante que dé derecho al beneficio, según las siguientes fechas:
¿Quién recibe el pago del beneficio?
El Aporte Canasta Básica se pagará al beneficiario o beneficiaria a cuyas expensas vivan el o la causante de la asignación, recibiendo un aporte al mes por carga. En el caso de las familias usuarias de los subsistemas de Seguridades y Oportunidades y ChileSolidario, en las que se identifique algún causante que dé derecho al aporte, el pago se efectúa a una persona que tiene la calidad cobradora final, conforme lo ha definido el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
¿Cuál es el monto del Aporte Canasta Básica de Alimentos?
El monto variará mensualmente de acuerdo con la información entregada por el Ministerio de Hacienda y tomando como referencia el costo nominal de la Canasta Básica de Alimentos entregada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. El Aporte Canasta corresponderá a la diferencia entre el valor informado de la Canasta Básica de 2022 y el de 2021 en un determinado mes.
Los montos informados de Aporte Canasta Básica son los siguientes:
Año | Mes | Monto |
2022 | Mayo | $7.342 |
Junio | $7.342 | |
Julio | $8.258 | |
Agosto | $8.575 | |
Septiembre | $9.924 | |
Octubre | $10.803 | |
Noviembre | $11.318 | |
Diciembre | $11.408 | |
2023 | Enero | $13.516 |
Febrero | $14.170 | |
Marzo | $14.061 | |
Abril | $12.386 |
¿Durante cuánto tiempo se pagará el Aporte Canasta Básica de Alimentos?
El pago se efectuará por un máximo de 12 meses, desde mayo de 2022 hasta abril de 2023. Para su pago correspondiente se considerará una nómina de beneficiarios y beneficiarias de mayo que, posteriormente, se actualizará en septiembre de 2022 y enero de 2023.
La continuidad de este pago en el tiempo dependerá del cumplimiento de los requisitos legales que dan derecho a este Aporte. Usted podrá consultar si conserva su monto, en los meses señalados, en este sitio web.
¿Es necesario contar con el Registro Social de Hogares (RSH) para acceder al Aporte Canasta Básica de Alimentos?
No es necesario contar con el Registro Social de Hogares (ex Ficha de Protección Social) para acceder al beneficio. Solo se deben cumplir los requisitos anteriormente mencionados.
¿Se debe postular al Aporte Canasta Básica de Alimentos?
No es necesario inscribirse ni postular para recibir este beneficio. El Estado determina automáticamente quienes cumplen con los requisitos.
¿Desde cuándo se puede consultar si se recibirá el Aporte Canasta Básica de Alimentos?
Los beneficiarios del Aporte Canasta Básica de Alimentos pueden consultar en el sitio www.aportecanasta.cl o en www.chileatiende.cl a contar de las siguientes fechas, según el siguiente calendario:
Mes del Aporte | Fecha Publicación de la nómina |
---|---|
mayo | 29-jun-22 |
junio | 29-jun-22 |
julio | 29-jul-22 |
agosto | 30-ago-22 |
septiembre | 30-sept-22 |
octubre | 28-oct-22 |
noviembre | 30-nov-22 |
diciembre | 30-dic-22 |
enero | 30-ene-23 |
febrero | 28-feb-23 |
marzo | 30-mar-23 |
abril | 28-abr-23 |
¿Cuál será la forma de pago del Aporte Canasta Básica de Alimentos?
Si a la persona le depositaron otros beneficios en CuentaRUT, ¿este Aporte también lo recibirá en su cuenta?
Si a la persona le corresponde el Aporte Canasta Básica de Alimentos y mantiene vigente su CuentaRUT, el beneficio se le depositará automáticamente en esa cuenta.
Si la persona renunció al depósito en CuentaRUT para otros beneficios, ¿esa renuncia se mantiene para el Aporte Canasta Básica?
No, la renuncia es válida solo para el beneficio que se realiza. La opción de renunciar al depósito en CuentaRUT de BancoEstado está disponible y se hará efectiva para el proceso siguiente de pago a la fecha de la renuncia.
Si la persona tiene bloqueada su CuentaRUT de BancoEstado, ¿cómo le pagarán el Aporte Canasta Básica de Alimentos?
En el caso de que su CuentaRUT no esté activa, la forma de pago de su beneficio será presencial. Deberá consultar en www.aportecanasta.cl con su RUN y fecha de nacimiento cuál será su fecha y local de pago asignado, una vez que se publiquen las nóminas de beneficiarios.
Si la persona cree cumplir con los requisitos y no aparece como beneficiaria en www.aportecanasta.cl o estuviera incompleta la información de sus cargas ¿puede reclamar?
Si la persona cree cumplir con los requisitos establecidos por ley, pero no aparece con derecho al Aporte Canasta Básica de Alimentos, o recibió su pago por menos cargas familiares de las que le correspondían, puede realizar un reclamo ingresando su RUN (Cédula de Identidad) en el sitio www.aportecanasta.cl
Existe un año de plazo, a contar de la publicación de las nóminas correspondientes, para reclamar en la página web señalada.
¿Cuánto tiempo existe para cobrar el Aporte Canasta Básica de Alimentos?
El plazo para cobrar el Aporte es de nueve meses, desde que se emitió el documento de pago.
¿Qué se debe hacer si la persona tiene problemas con sus cargas familiares, porque no están acreditadas o por cualquier otro inconveniente?
Si la persona no recibe el pago del Aporte Canasta Básica de Alimentos porque sus cargas familiares no están regularizadas, debe acudir a la institución que administra sus cargas familiares: Caja de Compensación, el organismo que le paga su pensión, el Instituto de Previsión Social (IPS), la Administradora de Fondos de Cesantía, un servicio público o un municipio empleador, según sea su calidad de beneficiario.
Si la persona no conoce qué institución administra sus cargas familiares, puede informarse con su empleador.
¿Se puede acceder al Aporte Canasta Básica si se regularizan las cargas familiares retroactivamente?
Si cumple con los requisitos para cada mes de referencia, puede regularizar retroactivamente esta situación en la institución que administra sus cargas familiares.
Una vez regularizada la situación, y solo cuando las asignaciones familiares a las que tiene derecho por esa causa hayan sido debidamente pagadas y compensadas (lo que será informado por su entidad administradora, por ejemplo, la respectiva Caja de Compensación), la persona podrá acceder al Aporte Canasta Básica de Alimentos.
¿Se pierde el Aporte Canasta si el empleador no pagó la Asignación de diciembre de 2021, de abril de 2022 y agosto de 2022?
No, pero si el empleador no ha hecho el pago o solo pagó las asignaciones familiares, pero sin compensarlas en las cotizaciones correspondientes a las remuneraciones de diciembre de 2021, abril de 2022 y agosto de 2022, el trabajador o trabajadora no podrá acceder al beneficio.
Para ser beneficiario del Aporte Canasta Básica se debe regularizar la situación directamente con el empleador o empleadora para que la persona sea incluida en alguna nómina posterior de beneficiarios durante el año. Además, deberá ingresar un reclamo en www.aportecanasta.cl
¿Quién cobra el Aporte Canasta Básica de 2022 si el beneficiario de Asignación Familiar no vive con sus cargas?
La ley prioriza siempre a la madre que vive con sus hijos o hijas para los efectos de cobrar directamente las asignaciones familiares, aún sin conocimiento ni consentimiento del beneficiario que los tenga inscritos como cargas.
Si este fuera el caso al 31 de diciembre de 2021, 30 de abril 2020 y 31 de agosto 2022 (y también cuando existan alimentos decretados judicialmente a favor de los causantes de Asignación Familiar que dan derecho a cobrar el Aporte), el beneficiario tendrá la obligación legal de entregar el dinero correspondiente a quien hubiere recibido el pago efectivo de las asignaciones familiares (normalmente la madre) o a quien tenga el derecho de alimentos a favor de los mismos causantes de Asignación Familiar. El plazo máximo para cumplir con esta obligación legal será de 30 días contados desde que el beneficiario reciba el Aporte.
Finalmente, en caso de haber más de una persona que pueda cobrar el Aporte Canasta Básica de Alimentos por los mismos causantes (cargas), la ley prioriza a la madre beneficiaria.
¿Un beneficiario puede cobrar más de un Aporte por un mismo causante o carga familiar?
No. Cada causante (o carga familiar) solo dará derecho a un Aporte Canasta Básica de Alimentos, aun cuando el beneficiario esté acogido a diversos regímenes previsionales y desempeñe trabajos diferentes.
¿Se realiza algún tipo de descuentos al Aporte Canasta Básica de Alimentos?
No. Este beneficio no está afecto a descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos (no es tributable), ni de cotizaciones previsionales o de salud (no es imponible).
¿Qué consecuencias tiene el cobro indebido del Aporte Canasta Básica de Alimentos?
A quienes perciban indebidamente el Aporte Canasta Básica de Alimentos, se les aplicarán las sanciones administrativas y penales que correspondan.
Además, la persona infractora deberá devolver las sumas indebidamente percibidas, reajustadas de conformidad con la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre el mes anterior a aquel en que se percibió y el que antecede a su restitución.
¿Qué pasa si una persona es beneficiaria de Subsidio Familiar y también pertenece a ChileSolidario o al Ingreso Ético Familiar?
Si pertenece a ambos tipos de beneficiarios, no se suman los aportes. El monto en dinero que se privilegia es el que le corresponde por recibir el Subsidio Familiar, es decir, un Aporte por causante o carga familiar.
¿Qué pasa en el caso del Aporte Canasta Básica, si una persona es trabajador o trabajadora independiente, pero tiene inscritas legalmente sus cargas al 31 de agosto de 2022?
Los trabajadores independientes -obligados a cotizar- percibieron el pago de la Asignación Familiar del año 2021 en febrero del 2022 y se informó a la Superintendencia de Seguridad Social en marzo 2022. Por tanto, pueden acceder al Aporte Canasta Básica de alimentos por los meses de mayo, junio, julio y agosto.
Los trabajadores independientes -no obligados a cotizar- recibirían el pago de la Asignación Familiar correspondiente al año 2021 en junio de 2022 y se informarían a la Superintendencia de Seguridad Social en julio de ese año. Posterior a esto, podrán acceder al Aporte Canasta Básica de Alimentos de los meses de mayo, junio, julio y agosto, si cumplen con los demás requisitos que exige la ley.
Estos trabajadores percibirán el pago de las asignaciones familiares y maternales del año 2022 en diciembre de 2022 (obligados) y en abril de 2023 (no obligados). Una vez que este pago se informe a SUSESO, podrán acceder al pago del Bono Canasta de los meses de septiembre a diciembre 2022.
¿Tiene derecho al Aporte Canasta Básica de Alimentos una mujer si se le autorizó Asignación Maternal después del 31 de diciembre de 2021, pero con un embarazo que comenzó antes de esa fecha?
Sí. Hay que recordar que la Asignación Maternal solo puede pedirse y autorizarse a contar del quinto mes de embarazo, pero tiene vigencia desde el comienzo de la gestación.
Una vez que la entidad pagadora de la Asignación Maternal autoriza, debe informar debidamente a la Superintendencia de Seguridad Social sobre la vigencia del beneficio. Cuando eso ocurra (lo que debe informar directamente la entidad administradora), la persona podrá acceder al Aporte.
Si pertenezco al 40 % más vulnerable, ¿recibiré el Aporte Canasta Básica de Alimentos este año?
El Aporte Canasta Básica de Alimentos no se asigna por porcentajes de vulnerabilidad, se entrega a las personas que cumplen con los requisitos señalados en la ley.
¿Cómo y dónde se pagará el beneficio a los funcionarios públicos?
Este beneficio, al contrario de otros aportes, será pagado por el IPS directamente a los funcionarios públicos, para lo cual puede consultar en este sitio web.
Si un funcionario o funcionaria del sector público o municipal cree tener derecho, pero no figura como beneficiario del Aporte Canasta Básica de Alimento, ¿dónde debe acudir para regularizar su situación?
La entidad administradora de las asignaciones familiares de los funcionarios públicos y municipales es siempre el respectivo servicio público o municipio empleador. En consecuencia, es el área de Recursos Humanos del respectivo servicio o municipio empleador el que debe atender, orientar y regularizar la situación de las asignaciones familiares del funcionario o de la funcionaria al 31 de agosto de 2022.